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Va llegando a su fin la Conferencia de Seguimiento de la Convención de Naciones Unidas y la diplomacia va dejando sus marcas entre quienes esperamos medidas concretas y firmes sobre algunos de los temas que interesan a mucha gente en distintos lados del planeta. Evidentemente ni la “primavera árabe” ni las manifestaciones de los últimos meses en distintas ciudades del mundo, postulando una democracia más directa, transparente y mejores rendiciones de cuentas de los funcionarios ha hecho mella en las delegaciones, salvo algunas que cambiaron claramente de postura desde la última Conferencia en Doha, como la egipcia.

Antes que nada vale la pena mencionar que una buena cantidad de personas del mundo hispánico viene siguiendo directamente o a través de reenvíos estos relatos. Entre muchos otros, la delegación argentina completa, incluyendo al Embajador Curia -que tuvo un altercado fuerte con miembros de Transparencia Internacional y criticó duramente sus evaluaciones anuales-, otros delegados de países vecinos y miembros de organismos multilaterales. Se ha hablado mucho de estas narraciones y cada vez son más los comentarios que genera, por lo que es alto el impacto de estas palabras.

En la sala más pequeña mencionada en la nota anterior (reuniones denominadas formalmente “informales”) finalmente no se deciden verdaderamente los asuntos. En el subsuelo hay un lugar más pequeño aún al que acceden las delegaciones que tienen peso sobre cada decisión. Se las llama “informales”. Al salir de cada una de estas reuniones, los delegados se acercan a quienes no pudieron ingresar (por ejemplo, ongs) y aconsejan sobre las estrategias a seguir para mantener la presión. Sin embargo, algunos dicen que las propias delegaciones que se muestran más abiertas a que la Convención tenga “dientes” no defienden esas mismas posiciones en las reuniones informales. Demasiados misterios.

La mitad de las discusiones de la Conferencia se limitó -como en la reunión pasada- a discutir el rol de las ONGs en el mecanismo de revisión de la Convención. Rusia, Venezuela, China, Irán y Ecuador parecen haber sido los más reacios a brindar cualquier tipo de participación. En la Conferencia pasada ya se limitó casi completamente la publicidad del mecanismo (a los informes de evaluación solo acceden los países evaluadores y el evaluado, sin que lo puedan hacer terceros Estados).

Los países no están obligados a hacer visitas de campo y solo deben intentar incluir en el proceso a las ONGs pero sin ningún compromiso formal. Argentina, como se dijo, fue un ejemplo -en esta primera ronda de evaluación- de un país que prácticamente no hizo ningún esfuerzo para abrir el proceso. El informe de ACIJ sobre Argentina fue de los más distribuidos en la Conferencia y nadie ha cuestionado ninguno de los aspectos mencionados allí. Su postura ha sido claramente expuesta en distintos resúmenes entregados a todos los delegados.

Pues bien, en materia de recuperación de activos la resolución que esta por ser votada no contiene ningún mecanismo concreto para mejorar los procedimientos y hacer efectivo alguna de las devoluciones de dinero que deben proceder en los próximos años luego de que se descubrieran tantos fondos de ex dictadores -y algunos actuales- en otros Estados. En esta materia, los países desarrollados que reciben muchos fondos legales e ilegales de aquellos en vías de desarrollo, no quieren imponer condiciones y controles muy estrictos porque temen que esas valiosas (cuantiosas) divisas se depositen o inviertan en otros lugares (sobre todo en estas épocas de crisis). En materia de prevención, tampoco parece haberse avanzado demasiado pero habrá que esperar hasta el final (ayer las negociaciones sobre sociedad civil llegaron hasta la madrugada).

Algunos intentan llevar esperanza a las organizaciones diciendo que son pequeños pasos que están conduciendo a un mundo diferente en esta materia. El vaso medio lleno no resulta tan fácil de ver.

También hay que decir que más allá de que los diplomáticos tengan códigos en común, intereses personales similares y años de trabajo compartido, también aparece muy evidente que las diferencias culturales (pero sobre todo de situaciones políticas y sociales de cada país) hacen muy difícil lograr los consensos con los cuales se trabaja en estos ámbitos.

Además de todo, después cada país interpreta de manera muy diferente lo que se dice en estas reuniones pero, en realidad, salvo que haya disposiciones muy concretas, éstas serán ignoradas por la mayoría de los países. Uno se pregunta entonces cual es la utilidad de tanto esfuerzo y recursos en esta particular materia donde claramente hay países que no quieren someterse a ningún tipo de evaluación internacional y, menos aún, de organizaciones no gubernamentales. Sería muy interesante tener otras perspectivas, así que las vamos a pedir para incluirlas en “Sin Corrupción”.

Sobre datos de color que parecen gustar tanto a varios participantes a la Conferencia debe decirse que en los últimos días se notan muchos menos delegados de los países en la Conferencia (ya no hay cola en la cafetería que sirve papas fritas y schawarma frio) y la coincidencia general es que están en el mercado de la famosa plaza Jamaa El Fnaa (declarada patrimonio histórico de la Humanidad por Unesco) haciendo las compras y regalos de rigor. Muchos se irán de la Conferencia con alfombras, babuchas y especies. La pregunta es que nos llevamos en materia de lucha contra la corrupción y el lavado del dinero.

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Para el público (periodistas, sociedad civil y otros observadores) se brindan discursos en la sala plenario, en los cuales cada país se congratula de los avances que ha logrado durante los últimos años y la relevancia que tiene el flagelo de la corrupción para el desarrollo de los Estados y el combate para la pobreza. Los Estados que se sometieron a la evaluación del mecanismo de revisión en el primer año del proceso se felicitan del enorme aprendizaje conseguido junto a los evaluadores.

Las posiciones de cada Estado se parecen mucho a las encuestas que se realizan en Argentina sobre cómo piensa que conduce el encuestado y cómo piensa que conducen los demás (en general, la respuesta del que responde es que maneja bien pero que la mayoría de los conductores maneja mal). Son discursos que no logran atraer mucho interés del resto de los delegados pero que sirven para entrenar las habilidades de hablar en público de los diplomáticos o funcionarios que se inscriben para dirigirse al resto.

En cambio, en un lugar mucho más chico, en las reuniones cerradas (son solo para los estados partes) se generan conversaciones más relevantes. Las ONGs presentes intentamos obtener información de lo que allí ocurre a través los contactos de cada uno e, incluso, aprovechar errores de la organización.

En el encuentro reservado de ayer sobre el mecanismo de revisión surgieron muchos de los problemas de este primer año. Entre otras cosas, se expresó que muchos países no habían terminado sus informes pese a que vencieron en marzo, que otros lo hicieron recién ahora, que no se coordinaron bien las visitas de campo, que hubo problemas de idioma entre evaluados y evaluadores, que el proceso no fue prioritario para muchos estados, que el punto de contacto de algunos países no estuvo disponible para los evaluadores, etc.

La distancia entre una y otra sala -que están pegadas una a la otra- es proporcionalmente inversa a los metros que la separan. Discursos y realidad suelen ser mundos muy diferentes.

Ayer se definió en esa sala pequeña la amplitud de la participación de la sociedad civil en las reuniones de los grupos de trabajo del mecanismo de revisión. Hasta ayer, nadie podía ingresar ni hacer aportes para los encuentros que se llevan a cabo periódicamente entre los países que participan durante el año en curso.

Aparentemente, el embajador Curia se ha convertido en uno de los hombres claves sobre esa votación. Como líder del grupo de países de América Latina está presidiendo en este momento la reunión y -según dicen varios observadores- tiene mucha influencia sobre los países de la región y otros en desarrollo. Ayer la Coalición organizó una performance en la famosa plaza Jamaa El Fnaa (algunas fotos, próximamente).

Las ONGs tienen su sala a unos cien metros del edificio principal e intentan incidir con los recursos disponibles (como siempre). Sin embargo, son unas cien personas relativamente bien organizadas con un plan de acción de lobby diario y reuniones a la tarde para exponer los avances del día.

Hoy -como se dijo- el foco estará puesto en la participación de las organizaciones en el mecanismo y, además, se intentará incluir algunos aportes al borrador presentado por Egipto sobre recupero de activos y lavado de dinero. En general, los países que han cambiado regímenes en los últimos años están muy de acuerdo en expandir estos mecanismos. En cambio, los que se mantienen en el poder intentarán frenar los avances.

El lunes a la noche, el gobierno de Marruecos organizó una cena en un lugar fuera de la ciudad, a todo lujo. Era un escenario propio de Ali Baba, solo que los participantes decimos estar actuando para buscar a sus compañeros, aunque sin éxito. Lamentablemente, la lluvia perjudicó el show al estilo “Opera Pampa” -con piruetas sobre caballos muy parecidas- y la mayoría de los 1800 participantes a la Conferencia se retiraron antes de que empiece. Muchos protagonistas debieron meter literalmente los pies en el barro para mostrar su acto a los diplomáticos y observadores. Todo muy gráfico.

Publicado por ACIJ

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Es posible que tenga que ver con que la Conferencia de Estados Parte sobre el Seguimiento dela Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción se desarrolle, desde el próximo lunes, en Medio Oriente donde este año surgió la denominada “primavera del mundo árabe”, un enorme movimiento de la sociedad civil de los países árabes pidiendo más democracia, participación, menos corrupción y totalitarismo.

Lo cierto es que, por primera vez, la oficina de Naciones Unidas que organiza el encuentro (UNODC) ha incluido dentro del material oficinal dela Conferencia los resúmenes ejecutivos de los informes paralelos elaborados por distintas ONGs locales para visibilizar otra perspectiva de la situación de la corrupción en cada uno de sus países.

El resumen del informe que elaboró ACIJ ha sido ya subido a la página oficial del evento y será distribuido en papel entre todos los embajadores que participan de la reunión. Los otros doce países en los que las ONGs locales han elaborado estos documentos son Bangladesh, Brazil, Bulgaria, Chile, Lituania, Mongolia, Marruecos, Perú, Ucrania, Estados Unidos, Nueva Guinea, Papua y Vietnam. Todos los informes pueden leerse en este link

Este es un paso trascendente para la historia del seguimiento dela Convención de Naciones Unidas. Hasta ahorala UNOCDno permitía que se distribuyeran de manera oficial los informes elaborados por grupos de la sociedad civil.

¿Será que se percibe que mucha gente se ha puesto en movimiento en varios países del mundo –las marchas del sábado pasado en decenas de ciudades del mundo fueron muy elocuentes- y que uno de los reclamos más trascendentes que realizan es el control de la corrupción o será pura casualidad? Ojala sea esto primero. Mientras, seguimos intentando concientizar que los/as argentinos/as no deberíamos acordarnos de la corrupción solo cuando entramos en crisis económicas.

Publicado por ACIJ

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Compartimos con ustedes esta nota publicada en Perfil basada en nuestro informe alternativo sobre el grado de cumplimiento de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción.

Corrupción: el país cumple con los tratados, pero hace poco

A pesar de haber suscripto los tratados internacionales de lucha contra la corrupción –el de las Naciones Unidas se ratificó en 2006–, la Argentina está en la mira como uno de los países donde menos casos llegan efectivamente a la Justicia, según un informe de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia. En 2004, se denunciaban 700 casos por año. Hoy, sólo 143. 

Por Alfredo Ves Losada

En octubre de 2003, Kofi Annan ensayó una definición contundente: “La corrupción es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad”. Con esas palabras, el entonces titular de la Organización de las Naciones Unidas inauguró la presentación de la Uncac, la convención que el organismo aprobó en Viena para alentar a todos los países del mundo a luchar contra ese flagelo. La Argentina ratificó ese tratado en agosto de 2006 y, desde el punto de vista normativo, ha buscado desde entonces cumplir con esos requerimientos internacionales.

Sin embargo, más allá de las palabras, la implementación concreta de esas herramientas legales deja mucho que desear y es blanco de fuertes críticas.
“En lo que respecta a la tipificación penal de las conductas disvaliosas insertas en la Uncac, en líneas generales, la Argentina cumple con la obligación de tomar las medidas legislativas para incluir en su ordenamiento jurídico tipos penales que condenen acciones como el soborno de funcionarios nacionales y extranjeros, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero”, asegura la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), en un extenso trabajo elaborado recientemente.

Nota reprobada. El diagnóstico parece auspicioso. Sin embargo, el mismo informe incluye inmediatamente después un análisis detallado de los puntos débiles de la Argentina a la hora de pasar a la acción en políticas anticorrupción.
Uno de los aspectos más negativos, según este trabajo, “se encuentra en la investigación y juzgamiento de los casos relacionados con corrupción en la esfera de las instituciones estatales; a nivel federal, se registran bajos índices de casos llevados a juicio oral y público y, como consecuencia de ello, escasos niveles de clarificación de hechos que involucran a funcionarios estatales y poca cantidad de condenas”.
El reciente fallo en la causa que investigó el contrabando de armas a Croacia y Ecuador durante el menemismo sirve como muestra: la causa se inició en 1995, incluyó 383 testigos desde que llegó a juicio oral en 2008 (más de 15 años después del presunto ilícito investigado), y la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 3 –que absolvió a Carlos Menem y al resto de los acusados–, recién llegó el 13 de agosto último.

El monitoreo de la ONU. El trabajo realizado por ACIJ fue solicitado por la ONU, que, como creadora de la convención que busca combatir la corrupción a nivel global, monitorea anualmente el trabajo que realizan los diferentes Estados que la han ratificado.
Esta exigencia incluye también el punto de vista oficial, ya que el organismo internacional solicita además a cada país una autoevaluación de su trabajo en materia de lucha contra este tipo de delitos.
La encargada de relevar la situación local por parte del Estado es la Oficina Anticorrupción (OA), que recibió en 2010 el requerimiento del organismo internacional. Esa dependencia elaboró una respuesta de más de 350 páginas en las que detalla, ante cada pregunta, todos los mecanismos y recursos formales con los que cuenta el Estado argentino para castigar la falta de transparencia y todas las convenciones y acuerdos que el país ha firmado en ese sentido.
Nada dice esa autoevaluación, sin embargo, de los puntos grises y las falencias señaladas por otros observadores. “Ni el Código Penal argentino –informó, por ejemplo, ACIJ a la ONU– ni ninguna norma complementaria prevé la responsabilidad penal de empresas, sociedades, asociaciones civiles y/o fundaciones por los hechos ilícitos que pueden cometer. En lo que corresponde a la protección de testigos, peritos y denunciantes, no existe un plan específico en lo que respecta a delitos de corrupción. Y si bien la OA ha realizado un proyecto de ley que contempla estas falencias, el Poder Ejecutivo hasta el momento no lo ha enviado al Congreso para su tratamiento.”
La autoevaluación realizada por la Oficina Anticorrupción tampoco habla de la lentitud con la que avanzan las pocas causas que logran llegar a la Justicia.
“La situación que se ve acá no se observa en ningún otro lado: que un expediente judicial dure 15 o 16 años no sucede en ningún otro país de la región. No es que en otros países no exista impunidad; la hay, pero porque muchos fallos judiciales no conforman a mucha gente; sin embargo, no sucede que nunca se llegue al fallo”, aseguró a PERFIL Luis Villanueva, coordinador del programa de Acción Ciudadana y Lucha contra la Corrupción de ACIJ.
“Las leyes existen –señaló–, pero no hay incentivos reales para que en casos de corrupción que involucran a funcionarios sean investigados, enjuiciados y que eso suceda en tiempos razonables.”
A la falta de celeridad en otros casos –como el de la ex ministra de Economía Felisa Miceli, que podría llegar a juicio oral el próximo año–, se suma la llamativa ruleta judicial que suele asignar los casos más polémicos a jueces cuesitonados como Norberto Oyarbide, en cuyas manos se encuentra el grueso de las causas que más preocupan a la Casa Rosada, como la investigación por las presuntas irregularidades en el programa Sueños Compartidos, destapada por el caso que involucra a Sergio Schoklender.
Números. Según el último informe semestral de la Oficina Anticorrupción, además, el número de expedientes tramitados por ese organismo ha experimentado un descenso marcado desde el primer semestre de 2004 hasta hoy.
Entre enero y julio de 2004, se registraron 701 denuncias por casos presuntos de corrupción, y esa cifra ha ido descendiendo a niveles exponenciales año tras año, hasta llegar a una cifra de 143 en el mismo período de 2011.
En la primera mitad del año, además, se resolvieron 249 expedientes, de los cuales 166 fueron archivados o desestimados. Sólo el 16 por ciento fue derivado a la Justicia.

Publicado por ACIJ

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Como les habíamos comentado, la organización Transparency International seleccionó Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) para participar como ONG especializada en temas anticorrupción para monitorear el proceso de autoevaluación argentino acerca del grado de implementaciónde la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) en nuestro país.

Dentro de esta tarea se incluye la elaboración de un informe alternativo que a continuación compartimos con ustedes. En él, la ACIJ evaluó qué grado de cumplimiento y aplicación tiene la citada convención en nuestro país.

Para la realización de este informe se realizó un relevamiento normativo, análisis de estadísticas judiciales y, en base a nuestros diagnósticos, se describieron las causas por las cuales el sistema de aplicación de normas no logra adaptarse a los estándares internacionales.

Publicado por ACIJ

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Como cierre del informe especial queremos aportarles algunos datos y nuestra visión sobre este proceso de evaluación de relevancia inigualable para conocer el estado de la corrupción en los países signatarios de la UNCAC, y así, poder influir para generar cambios.

Según lo describela Resolución 3/1 aprobada por la Conferencia de los Estados Parte dela UNCAC (CoSP), el mecanismo de evaluación es un proceso intergubernamental, no invasivo, imparcial, que tiene por objetivo promover la adhesión y aplicación universal de la Convención, identificar dificultades de los Estados y buenas prácticas en la lucha contra la corrupción.

Es un mecanismo de carácter técnico que promueve la colaboración constructiva entre los Estados en materia de medidas preventivas, recuperación de activos y cooperación internacional. Asimismo, el propio documento aclara que el mecanismo no servirá de instrumento para intervenir en los asuntos internos de los evaluados.

En lo que respecta a la puesta en marcha de este proceso hay que decir que está diferido en dos grandes rondas de evaluación (la primera se orienta a las secciones III y V, y la siguiente, a las secciones II y IV de la Convención), cada una de ellas dividida en dos etapas (en cada una de las cuales participa la mitad de los signatarios, según un sorteo). Estas dos primeras rondas durarán cerca de 10 años, pues se prevé que para el 2020 estarán cumplidas, según las fases descriptas, las evaluaciones de todos los Estados respecto al cumplimiento de toda la Convención.

En el examen de cada Estado participan las autoridades competentes de ese país (por ejemplo, su organismo anticorrupción) y dos examinadores internacionales, uno de la misma región geográfica y con similar sistema jurídico  que el evaluado y otro, según sorteo. El testeo se realiza en base a la información producida y aportada por las autoridades nacionales, la cual es entregada a los evaluadores para su análisis. Además, según determina la Resolución 3/1, la evaluación debe completarse con diálogos directos entre los funcionarios nacionales y los expertos extranjeros, ya sea mediante reuniones en las oficinas de las Naciones Unidas, o a través de visitas in situ.

El resultado de este trabajo se documenta en un informe elaborado por los examinadores, cuyo texto es negociado con las autoridades nacionales. El informe debe reflejar las buenas prácticas y deficiencias como así también los problemas, las observaciones a la aplicación de la UNCAC y las necesidades de asistencia técnica.

Desde nuestra visión, en tanto participantes del monitoreo del proceso, queremos destacar ciertas cuestiones que no nos parecen menores.

En primer lugar, que exista un primer consenso en la comunidad internacional acerca de la necesidad de que exista un mecanismo de evaluación en materia anti-corrupción es un hecho de singular relevancia. Pues sólo conociendo el estado de situación en los temas de corrupción, los ciudadanos, los grupos de interés, las organizaciones sociales, los partidos políticos, los medios de prensa, etc, podrán (y podremos) influir en un cambio de estrategia en esta difícil y desigual lucha.

En segundo lugar hay que remarcar que por el hecho de que el texto del informe final sea producto de un acuerdo entre los evaluadores y el Estado evaluado, no puede calificarse al mecanismo como “imparcial”. La situación de que el Estado evaluado participe activamente en el proceso, ya sea aportando la información sobre la cual trabajarán los evaluadores, ya sea prestando su conformidad con el informe de éstos, implica que es una parte más en este contexto, pues es el primer interesado en la cuestión.

En lo que hace a la confidencialidad del proceso y de los informes finales de evaluación, por un lado, y la posibilidad de compartir buenas prácticas y, mediante eso, ayudar a los Estados a revertir las dificultades identificadas, por el otro, parece contradictorio, o bien seguir predicando la confidencialidad, o bien, hablar de que el proceso va a permitir el canje de información. Así, la confidencialidad de los resultados puede afectar uno de los objetivos del mecanismo, cual es la cooperación internacional, a través del intercambio de información, prácticas y experiencias. Vale la pena aclarar que sólo los resúmenes de los informes se publicarán mientras que los textos in extenso permanecerán confidenciales.

Finalmente, queremos destacar la necesidad de que las vistas de los expertos se concreten en cada caso pues es esa la mejor manera de que los evaluadores internacionales se acerquen directamente a su foco de análisis. Además permitiría a las organizaciones intermedias, a los representantes políticos, los medios, empresarios y ciudadanos en general, tomar contacto (o al menos intentarlo) con ellos y así aportarles su visión sobre la situación de la corrupción en su país. No basta con reuniones diplomáticas y extremadamente formales en oficinas lejanas, es necesario que los Estados acepten las visitas internacionales y difundan esta situación.

¿Cómo sucedió esto en el caso de Argentina? Ya lo contamos pero se los dejamos para que aquellos que todavía no lo conocen, aprovechen la oportunidad y lo relean aquí

Publicado por ACIJ.

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Primera parte: Lavado de dinero.

 

Esta entrega, junto con otras que se sucederán en los próximos días, tiene por objetivo presentar una breve comparación entre la legislación Argentina y de otros Estados parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) en ciertos temas considerados de relevancia en materia de corrupción. Concretamente, nos referiremos a los Estados Unidos de América, Finlandia y Bangledesh. El criterio de selección de estos tres países está asentado básicamente en el acceso que pudimos tener a sus informes de autoevaluación sobre el cumplimiento del citado instrumento internacional, a los que se puede acceder aquí y la comprensión del idioma.

En el día de hoy nos enfocaremos en el delito de blanqueo de capitales, tipificado en el artículo 23 de la UNCAC. Las conductas que buscan punirse están orientadas por la idea de sancionar toda acción enderezada a introducir dentro del sistema legal de circulación bienes y dinero que son producto de actividades ilícitas, o sea, de delitos previos.

Agradecemos especialmente la colaboración de las pasantes Pryiam Bhargava, Jacqueline Seymour y Katie Ladewski para esta serie de notas.

 

Finlandia

Finlandia, uno de los países signatarios, ha tomado medidas para cumplir con esta norma. Bajo la ley de Finlandia, el lavado de dinero, cometido dolosamente, es un delito criminal (Código Penal, capitulo 32, sección 6(1)(2)). Según su legislación, se comete este delito si una persona realiza transacciones con fondos provenientes de delito. También se considera lavado de dinero si hay solamente un intento de realizar una transacción financiera corrupta.

En el informe de auto-evaluación finlandés se analiza en qué medida la ley anti-lavado se ajusta a los mandatos del Convenio de Derecho Penal sobre la Corrupción (suscripto en el marco del Consejo de Europa) y del Convenio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Es importante tener en cuenta que Finlandia ha comprobado sus medidas legislativas y esa prueba demuestra que algunas de sus medidas son eficaces, lo cual significa que este Estado cumple con los artículos y disposiciones de UNCAC contra el lavado de dinero.

Finlandia distingue los diferentes delitos de lavado de dinero y establece distintos castigos por cada uno de ellos, que se basa en la gravedad de las conductas. El informe declara que un delito de lavado de dinero cometido dolosamente puede ser castigado con pena de prisión.  En contraste, un delito de lavado de dinero menor (cuando se lo considera en conjunto) será castigado con una multa porque el sistema penal ha establecido que no se utilizan los recursos del gobierno para encarcelar ese tipo de delincuente.  El uso de multas en vez de encarcelación también podría ser una manera de reducir el tiempo y el dinero necesario para revisar el caso. En conclusión, deja más recursos para investigar y procesar los delitos a gran escala.

 

Además, Finlandia utiliza varios métodos de análisis para determinar el monto de la multa. Considera el carácter y la gravedad del delito, el nivel del trasgresor en la organización que blanquea de capitales, si la violación de los deberes de la organización muestra el descuido en la observancia de la ley o las ordenes de las autoridades, y las razones de la sentencia establecidas en otras partes de la ley.

 

Estados Unidos

Comparada con Finlandia, la ley de los Estados Unidos tiene más exigencias o condiciones para constituir un delito cometido a propósito. La ley de los Estados Unidos es más específica en cuanto a las condiciones que deben cumplirse para que exista una transacción financiera pueda ser considerada un delito de lavado de dinero. La auto-evaluación de Estados Unidos declara que el acusado debe tener uno de cuatro tipos de intención a la hora de la transacción financiera: la intención de promover, la intención de evadir los impuestos sobre la renta, la intención de ocultar o disimular patrimonio, o la intención de evitar los requisitos de informar al gobierno sobre las transacciones financieras.

Igual que en Finlandia, en los Estados Unidos una transacción hecha con algunas de las motivaciones antes descripta realiza una conducta corrupta calificable como lavado de dinero.  Pero aunque en Finlandia es un delito realizar transacciones con fondos provenientes de un ilícito, la ley de Estados Unidos no tiene un elemento de “proveniencia” (volumen 18 sección 1956 (a) (2) (A) del Código de los Estados Unidos).  Es decir que se comete un delito de lavado de dinero por mandar dinero desde otro país a EEUU o desde EEUU a otro país aunque no se puede atribuir el dinero a ningún delito anterior, lo que muestra la diferencia entre las normas de Finlandia y EEUU.

Los Estados Unidos ofrecen estadísticas para evidenciar sus esfuerzos vigorosos en hacer cumplir con sus leyes del lavado de dinero. Los dos estatutos principales contra la corrupción se encuentran en el volumen 18 del Código de los Estados Unidos, secciones 1956 y 1957 (18 U.S.C. § 1956 y 18 U.S.C. § 1957). En el año 2004, el gobierno de Estado Unidos acusó a 1736 personas bajo la primera ley (18 U.S.C. § 1956) y a 358 personas bajo la segunda (18 U.S.C. § 1957).  Estos números muestran que procesaron más de 2000 casos en 2004 bajo de los dos estatutos.  Además, el informe declara que los estatutos son eficaces porque más de 1000 de estos acusados se declararon culpables. Además de estos dos estatutos, los Estados Unidos tiene otra arma poderosa en la lucha contra el lavado de dinero y la financiación terrorista: la ley de los secretos bancarios (the Bank Secrecy Act o BSA). Esta ley requiere que las instituciones y personas registren ciertos informes de transacciones financieras. También criminaliza la falla en registrar informes a tiempo y/o el registro de informes que contienen errores importantes u omisiones de hechos.

En 1992, Estados Unidos promulgó sección 1960 de volumen 18 del Código, que convirtió en delito federal hacer negocios de transmisión de dinero sin licencia. Bajo esta ley, se puede acusar a cualquier persona por realizar transacciones si la persona sabía que los fondos eran de procedencia ilícita o iba a ser usados para cometer un acto ilícito. Al tener una ley así, los Estados Unidos han ampliado la responsabilidad de personas y empresas, que sugiere que hay más personas que deben participar en la lucha contra la corrupción.

La auto-evaluación de los Estados Unidos dice que no hay desafíos relacionados al lavado de dinero dentro del país. El informe declara que el delito de lavado de dinero se aplica a todos los que violan la legislación, e incluye a los que hayan cometido el delito subyacente. Es interesante porque parece que la ley siempre esta en evolución, adaptándose a los nuevos temas que puedan surgir.  Por eso parece que los Estados Unidos tiene legislación adecuada para abordar cualquier problema de lavado de dinero. Con estas tres leyes y otros controles legales y reglamentarios, los Estados Unidos ha logrado la aplicación efectiva de la legislación y cumple con las disposiciones de la UNCAC.

Es interesante notar que el lavado de dinero ha sido tipificado como delito en 1986, es decir, hace 25 años.

Bangladesh

Bangladesh tiene legislación contra el lavado de dinero: la Ley de Prevención de Lavado de Dinero del año 2002.  Este país mejoró la legislación al aprobar una nueva ley en 2009.  Después de esta modificación, Bangladesh, como Finlandia, ha aprobado y ejecutado las medidas, por lo menos en parte, para establecer un delito penal cuando se blanquean capitales de manera intencional.

Sin embargo, Bangladesh no cumple plenamente en lo que respecta al artículo 23 (1)(b)(i), que busca la punición de la adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento de su recepción, de que son producto del delito. Tampoco ha hecho ningún esfuerzo para implementar este artículo. Además la ley no incluye todos los delitos previstos en la UNCAC. Por ejemplo en lo que respecta al artículo 23 2 (c) que se refiere a los delitos determinantes de lavado de dinero cometidos fuera de la jurisdicción del Estado Parte interesado.

En la auto-evaluación, Bangladesh considera que quizás necesite una modificación legislativa para cumplir con la UNCAC

Argentina

La tasa de casos del lavado de dinero presentados ante el juicio público en Argentina es baja comparado con el número de casos en los Estados Unidos. Como consecuencia, el número de acusaciones, incluyendo acusaciones contra funcionarios del gobierno, es muy bajo. Actualmente, Argentina tiene el desafío de la falta de herramientas adecuadas de investigación, el sobrecargo de los tribunales competentes con casos de menor importancia, demasiados casos que desencadenan procedimientos de recuperación y sistemas de control inadecuados. Quizás Argentina debería considerar las normas que tiene Finlandia para determinar la importancia de los casos. Una vez que Argentina toma estas medidas, puede prevenir que algunos casos de menor importancia lleguen a los tribunales.

Publicado por ACIJ

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La corrupción se aprovecha del secreto cuando no es incomodada por el acceso a la información del público sobre el gobierno y las actividades empresariales. Enfrentarla requiere participación pública en esfuerzos anti-corrupción y medidas gubernamentales.

Esto es reconocido porla Convenciónde Naciones Unidas (UNCAC) en el artículo 13 que establece la participación y acceso a la información de la ciudadanía. A ello se le suma el artículo 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos que establecen la libertad de acceder a información de interés público disponible en órganos gubernamentales y que se establezcan procedimientos para obtenerla de manera sencilla, rápida, efectiva y práctica.

A su vez, en el mecanismo de seguimiento establecido por UNCAC en julio de 2010 es de crítica importancia que se cumplan también estos principios. Esto debe significar mecanismos transparentes e inclusivos mediante los cuales las organizaciones de la sociedad civil puedan realizar aportes y que los informes sean publicados de manera integral. Esta participación no puede entender solamente como un accesorio adicional. Los mecanismos más antiguos dela OCDE, OEA y Greco (en Europa) han reconocido la importancia de estos principios.

La Coaliciónllama a quela Conferenciade Estados Partes dela UNCACadopte en su Cuarta Sesión una resolución que contemple:

  • Una directiva para que los Estados Partes reafirmen su compromiso para cumplir con el artículo 13 dela Convención, el cual debe incluir:

      – Que cada Estado cuente con una ley de acceso a la información

      – Información ampliamente difundida sobre UNCAC y sobre las medidas que adoptan los gobiernos en relación a su política anticorrupción, incluyendo sus esfuerzos de hacerlas efectivas (estadísticas, jurisprudencia, etc.) así como todo lo relativo a las licitaciones públicas y a la aplicación de los presupuestos públicos.

  • Permitir la participación de representantes de la sociedad civil como observadores en el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre Prevención y solicitando que se les solicite aportes.
  • Reconociendo los beneficios de las visitas de país en los procesos de revisión para que los expertos evaluadores se entrevisten con OSCs y otros actores.
  • Solicitando que en los próximos ciclos de evaluación se publiquen de manera completa los informes de país.

Estas medidas son esenciales para la credibilidad de UNCAC y su proceso de revisión. Este es el punto de partida para esfuerzos reales en materia de anticorrupción.

Publicado por ACIJ

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Tal como contáramos en posts pasados, Ezequiel Nino (co-director de ACIJ) fue votado como representante regional del Comité Ejecutivo de la Coalición de Seguimiento de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción(UNCAC).

Se trata de una alianza internacional compuesta por más de 240 organizaciones de todos los continentes que persigue la real puesta en práctica dela Convención, que en nuestro país tiene jerarquía superior a las leyes.

En la reunión del Comité que se llevó a cabo hace unos días, uno de los principales temas fue la coordinación de la participación de la sociedad civil en la Cuarta Conferencia de Estados Partes que se llevará a cabo en octubre en Marruecos.

El rasgo más interesante de ese evento es que se desarrollará en el convulsionado Medio Oriente, donde las manifestaciones cotidianas pregonan por la recuperación de activos obtenidos ilegítimamente, mayor transparencia, sanción efectiva de la corrupción y mayor participación de la sociedad civil, entre otros reclamos.

A su vez, los gobiernos de la región -y de otros lugares- querrán demostrar que están tomando medidas para adoptar algunos de esos planteos. El representante de esa región en el Comité -marroquí- afirmó que es posible que la Conferencia despierte el interés de los líderes de las protestas y que muchas agencias de cooperación internacional querrán ayudar a organizaciones de la región a participar del evento.

En ese contexto, es posible que de la Conferencia se extraigan mayores progresos que en anteriores eventos.

Publicado por ACIJ

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En el proceso de revisión de la Convención de la ONU contra la Corrupción, Argentina es la única que pidió que no se haga visita de los evaluadores.

Como venimos diciendo, Argentina está siendo evaluada en el marco del proceso de seguimiento de la Convención de la Naciones Unidas contra la Corrupción, tal como fuera dispuesto por la última Conferencia de los Estados Partes. De los países que informaron sobre el procedimiento que realizaron para que los evaluadores tengan acceso a la información necesaria para emitir sus reportes, solamente el nuestro pidió hacerlo en una reunión en la sede de la Oficina de Naciones Unidas contra el Crimen Organizado en Viena.

En cambio, los otros 13 estados evaluados aceptaron que se realice una visita de campo para que quienes realizan el monitoreo lo hagan teniendo encuentros con otros actores (legisladores, periodistas, ONGs, entre otros). De esta manera, la evaluación se realiza teniendo en cuenta diferentes perspectivas pero, sobre todo, una información más extensa, y por lo tanto, más rica. Aunque, no vamos a negarlo: es claro que los gobiernos quieren presentar a los expertos extranjeros una visión positiva de los avances efectuados y un recorte de la información.

El hecho de que Argentina haya sido el único país -de los que se sabe hasta ahora- que evitó la visita de los expertos internacionales de Panamá y Singapur muestra la postura actual de nuestro estado sobre la materia. Lo hemos dicho pero lo reiteramos: poco a poco se van perdiendo los avances obtenidos hasta ahora. La Oficina Anticorrupción –referente gubernamental de este proceso de monitoreo- ha dejado de tener un rol relevante -tanto en materia sancionatoria como preventiva-: cada vez se rechazan más pedidos de información pública, se incrementan las áreas de gobierno en las cuales no hay transparencia (por ejemplo, en temas de subsidios), se dejaron de publicar actualizaciones de los registros de audiencia de interés, entre otros hitos. Todo esto demuestra una tendencia oficial a trabajar en pos de la transparencia y anticorrupción.

La circunstancia de que el país no haya sido seleccionado entre los 75 estados que serán parte de la Iniciativa de Gobiernos Abiertos también habla a las claras de las manifiestas deficiencias que tenemos en estas materias.


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